5.3. Medios de almacenamiento¶
Es imprescindible tener en cuenta las características de cada tipo de dispositivo de almacenamiento para establecer convenientemente las reglas de uso. Podemos distinguir:
- Discos duros (HDD magnéticos o SSD de estado sólido),
que son los discos internos utilizados como almacenamiento principal en los ordenadores personales[1], aunque también pueden ser externos que se conecten al equipo a través de algún puerto (generalmente USB). La diferencia entre los magnéticos y los segundos es que los primeros tienen mayor capacidad y vida útil, pero son sensiblemente más lentos en las lecturas y las escrituras. Los segundos, no obstante, han abaratado su coste y alargado su durabilidad, por lo que en ordenadores en que no vayan a almacenarse grandes volúmenes de datos (y posiblemente los puestos personales no sean el lugar indicado para esto último), son una excelente opción.
- Dispositivos´ópticos (CD, DVD, Blu-ray),
usados fundamentalmente para transportar y almacenar información. Han caído en los últimos años en desuso, sobre todo para la primera función, en favor de los dispositivos que citaremos a continuación, fundamentalmente por sus menores velocidades de lectura y escritura; y por ser, fundamentalmente, dispositivos de lectura.
- Memorias o pinchos o llaveros USB o pendrives,
que usan la misma tecnología de almacenamiento que los discos SSD (memoria flash) y que han desplazado a los dispositivos magnéticos como medios para transportar datos entre dispositivos. Lamentables son muy susceptibles a la pérdida de información por extravío. sustracción o rotura física.
- Sistemas de almacenamiento remoto,
que permiten el almacenamiento a través de la red y fiscalizan el acceso mediante permisos adecuados. Nos detendremos en ellos en el epígrafe sobre «Arquitecturas de almacenamiento».
- Cintas magnéticas,
usadas principalmente para el almacenamiento de copias de su seguridad ya que resultan muy económicas para almacenar grandes volúmenes de datos. El acceso a ellas es secuencial por lo que son muy lentas.
Para determinar cuál es el tipo de dispositivo adecuado para según qué dato es preciso definir una serie de políticas, incluidas en la política de almacenamiento `:
Política de almacenamiento en equipos de trabajo, que establecerá las normas que deben seguir los empleados al almacenar en equipos de sobremesa, portátiles, teléfonos o tabletas, tales como:
Qué información puede almacenarse en estos equipos, bien porque tenga algún grado de sensibilidad, bien porque sea puramente personal (ajena al negocio empresarial) y pueda estar sujeta a algún tipo de regulación (por ejemplo descargas de material con copyright).
Cuánto tiempo puede almacenarse la información sin transferirla a los servidores corporativos y, una vez transferida, cuánto puede seguir almacenada.
Qué datos requieren estar cifrados.
Política sobre el uso de dispositivos externos, que conectan directamente con los equipos de trabajo, y permiten transportar datos o hacer copias de seguridad personales. Las normas deben recoger:
Si se permiten estos dispositivos.
En caso afirmativo, qué información puede almacenarse en ellos y cuál está totalmente prohibida.
Qué medidas de borrado se establecen sobra la información almacenada en estos dispositivos.
Política de almacenamiento en la red corporativa, que incluirá:
El control de accesos.
Qué servidores se encargaran del almacenamiento.
Qué información debe almacenarse y cómo debe organizarse.
Si existen buzones personales de almacenamiento para los empleados, en cuyo caso estos deberán seguir las mismas reglas que para el almacenamiento local.
Política de almacenamiento en la nube, que debe recoger:
Si se permite el uso de servicios públicos en la nube (no directamente contratados por la organización).
Qué requisitos debe cumplir un servicio en la nube para que pueda ser contratado por la organización.
Qué información puede almacenarse.
Notas al pie